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ESTATUTOS | CLUB DEPORTIVO SPÍNOLA CHAMARTÍN

#reglamento

CAPITULO I: DE LA ENTIDAD

 

Artículo 1.- Denominación.

La entidad deportiva adopta el nombre de Club Deportivo Elemental Colegio Cardenal Spínola Chamartín (en adelante, el club).

 

Artículo 2.- Normativa aplicable.

El club estará sujeto en su actuación a lo dispuesto por la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y las disposiciones de desarrollo que le sean aplicables; por el Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, por el que se regulan las Asociaciones y Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid; y por los presentes estatutos.

 

Artículo 3.- Naturaleza jurídica.

El club es una entidad de carácter privado, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines que constituyen su objeto social.

 

Artículo 4.- Objeto social.

El objeto social del club será la promoción de varios deportes, y de sus correspondientes modalidades deportivas; el desarrollo y la práctica de los mismos por sus asociados; y, en su caso, la participación en actividades y competiciones deportivas de carácter oficial de la Comunidad de Madrid.

 

Artículo 5.- Deporte federado.

1. El club, para su participación en competiciones deportivas de carácter oficial, podrá adscribirse a cuantas federaciones acuerde su Junta Directiva.

 

2. De las altas y bajas de adscripción a las federaciones deportivas madrileñas se dará cuenta al Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.

 

3. El club, en caso de que se federe, estará obligado a cumplir lo dispuesto en los estatutos, reglamentos y demás disposiciones que se establezcan por la federación a la que se adscriba.

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